Si te encuentras de forma irregular en España, existen varios tipos de Arraigos, que podrías solicitar.
En España, existen 4 tipos de Arraigos para las personas que se encuentran en situación irregular en el país:
El Arraigo Familiar
Este arraigo es una autorización de residencia temporal para los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y:
Sean padres o madres de un menor de nacionalidad española,
Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de un ciudadano de nacionalidad española. También se aplica a ascendientes o descendientes, siempre y cuando estén a su cargo.
A los hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
2. El Arraigo Laboral
Para este arraigo es necesario encontrarse de forma irregular por un periodo mínimo de dos años y que haya existido una relación laboral durante un mínimo de seis meses. Se deberá acreditar que el extranjero no cuente con antecedentes penales ni en España, ni en su país de origen, ni en los últimos países donde haya residido los últimos 5 años.
3. El Arraigo Social
Para esta tercera opción, el extranjero debe de contar con haber estado un periodo mínimo de tres años de manera irregular en el territorio español. Se podrá optar por esta opción al momento de:
Contar con medios económicos propios,
Vaya a montar su propia empresa,
Si cuenta con una oferta de empleo que garantice el salario mínimo interprofesional.
4. El Arraigo para la Formación
Este último arraigo entró en vigor el 16 de agosto del 2022 y tendrá una duración de doce meses. El extranjeros deberá acreditar que lleva en el territorio nacional por más de dos años de manera irregular y deberá estar inscrito en un centro de enseñanza.
¿Te encuentras en una de estas situaciones? ¡Contacta con nosotros a asesores@europaratodos.com!
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