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Formas de obtener la Nacionalidad Española

Cuando hablamos de la nacionalidad española, pensamos principalmente en la obtención de la nacionalidad por residencia, es decir, la que podemos solicitar después de varios años residiendo en España legalmente. No obstante, existen otras formas de obtener la Nacionalidad Española.


Hoy te contamos de las 4 posibilidades de obtener la Nacionalidad Española.


Nacionalidad por origen:

Las personas que puede optar por esta vía son las siguientes:

  • Los nacidos de padre o madre español.

  • Todos los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos)

  • Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad, o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

  • Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.

  • Son también españoles de origen los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si el adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

Nacionalidad por opción:

Las personas que pueden optar por esta vía son aquellos extranjeros que se encuentren en determinadas condiciones:

  • Las personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.

  • Las personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.

  • Las personas cuya determinación de la filiación o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.

  • Las personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

Nacionalidad por residencia:

Para optar por esta vía, es necesario residir en España al menos 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Existen casos en los que el periodo de residencia es menor:

  • 5 años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.

  • 2 años: para los nacidos en países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

  • 1 año para:

    • El que haya nacido en territorio español.

    • También puede acogerse a esta vía el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos.

    • El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español/a y no esté separado legalmente o de hecho.

    • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

    • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.


Nacionalidad por Carta de Naturaleza:

Esta vía es una forma de adquirir la nacionalidad, pero es de carácter de gracia. Se otorga por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

Algunas de las personas que pueden optar por ella son artistas, deportistas o personas que hayan ganado un premio al representar España. Es también posible solicitar este trámite al contar con un ancestro judío sefardí. Si no sabes si cuentas con este ancestro, puedes realizar una investigación genealógica de tus antepasados y averiguarlo.


Si estás buscando solicitar la Nacionalidad Española no dudes en contactar con nosotros a asesores@europaratodos.com


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