Eres familiar de un Español y quieres venir a España? ¿No sabes cuáles son los documentos? Algunos familiares de ciudadanos españoles deben tramitar un Arraigo Familiar tras la reforma del reglamento de extranjería que entró en vigor el pasado año, el día 16 de agosto de 2022.
¿Quién puede solicitar el Arraigo Familiar?
Si estás dentro de alguno de estos supuestos deberás solicitar un Arraigo Familiar:
Padres o madres de un niño nacido en España o la Unión Europea.
Hijos de padre o madre españoles de origen. Se refiere a extranjeros no europeos, cuyos padres nacieron en España u obtuvieron la ciudadanía española en virtud de la ley de Memoria Histórica. También aquellos cuyos padres no solicitaron la nacionalidad española cuando nacieron.
Cónyuge o pareja de hecho acreditada de un ciudadano de nacionalidad española
Ascendiente mayores de 65 años o menores de 65, si están a cargo
Descendientes menores de 21 años, o mayores de 21, a cargo de un ciudadano español, o de su cónyuge o pareja de hecho.
Existe un nuevo supuesto a raíz de la modificación de la ley de extranjería, para las personas que presten apoyo a una persona con discapacidad de nacionalidad española, siempre que la persona solicitante tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.
En estos casos se concederá una autorización de residencia, que tendrá una duración de 5 años y permitirá trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia o incluso crear tu propio negocio.
Si eres familiar de un ciudadano español pero no estás dentro de estos supuestos, como puede ser un hermano, nieto o abuelo de un ciudadano español, podrás tramitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión.
Jenifer Cano Panadero
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